CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DE DROGAS CONTROLADAS CLASE B

Document

Descripción del servicio

Certificado de Inscripción de Drogas Controladas (CIDC) CLASE B el cual autoriza a la comercialización, dispensación, fabricación, importación y exportación de Sustancias Controladas por la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas.

A quién va dirigido

Laboratorios, Distribuidoras, Empresas Farmacéuticas, Industrias Químicas, Farmacias y entidades de salud

Departamento que lo ofrece

Dirección de Químicos y Precursores, DNCD y Dirección General de Medicamentos y Productos Sanitarios, DIGEMAPS-MSP.

Información de contacto

Tel.: 8092214166 ext 6242, 6502.
Dirección: Ave. Máximo Gómez # 70, casi esq. Ave. Mexico, La Esperilla, Santo Domingo, R.D.

Requerimientos o requisitos

  • Formulario de solicitud CLASE B completado (descargar aquí).
  • Copia del Certificado de apertura o habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública (MSP).
  • Anexar copia de los estatutos de la compañía o sociedad, que indique el listado de socios y/o ejecutivos.
  • Copia del exequátur, Título Universitario y cédula de identidad y electoral del regente farmacéutico (NO requerido a Industrias que Importan Químicos)
  • Ningún Accionista, ejecutivo o persona que maneje sustancias controladas debe tener antecedentes penales relacionados a la Ley 50-88. (Certificado de no antecedentes penales)
  • Recibo original y copia del depósito a la Cuenta de Ingresos Externos DNCD del Banrerservas 100-01-240-012653-9, por un monto de RD$500.00 (no más de 3 meses de emitido), si la empresa posee más de una actividad relacionada a sustancias controladas, deberá pagar RD$500.00 por cada actividad. (Importador, exportador, fabricantes, distribuidor). En el caso de los Hospitales o Instituciones Oficiales, estas serán exoneradas.
  • Haber sido inspeccionada por miembros del Departamento de Químicos y Precursores de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD).

Requisitos adicionales establecidos por el decreto No.275-21 de fecha 26 de abril 2021 para empresas que soliciten algún tipo de Alcohol controlado por la ley 50-88.

  • Ser una persona jurídica, registrada de conformidad con la normativa vigente en la Republica Dominicana, para lo cual deberá presentar el certificado de Registro Mercantil Vigente, Registro industrial vigente (en caso de ser una industria) y certificación de Inscripción en el registro Nacional de Contribuyente (RNC).
  • Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, para lo cual deberá presentar una certificación expedida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) a estos efectos.
  • Presentar declaración jurada suscrita por el solicitante en la que haga constar el uso que se dará a las sustancias controladas objeto del registro.
  • Demostrar que estos precursores se van a utilizar exclusivamente como materias primas o insumos.
  • Contar con una inspección previo al otorgamiento de la licencia de la Dirección Nacional de Control de Drogas, DNCD que certifique que la empresa de que se trate cuenta con las medidas de control de acceso de los almacenes donde se han de depositar los precursores o sustancias controladas importadas. Las minutas e informes que resulten de estas visitas serán de carácter público y serán colocadas en la página web de la Dirección Nacional de Control de Drogas, DNCD.
  • Para las empresas solicitantes de alcohol etílico etanol sin desnaturalizar deberá presentar una copia de la licencia de licorería vigente emitida por la Dirección General de Impuestos internos (DGII).

Procedimientos a seguir

Con todos los documentos requeridos completados, depositar en la Ventanilla Única de Servicios del Ministerio de Salud.

Horario de prestación

Lunes a Viernes de 8:00 AM a 4:00 PM

Costo

RD$500.00, si posee más de una actividad, $500.00 por cada una. Las Instituciones Oficiales serán exoneradas según lo establecido en la ley.

Tiempo de realización

Luego que es recibido por la DNCD, 10 días hábiles

Canal de Prestación

Presencial

Información adicional

Tendrá una vigencia de Un (1) año a partir de la fecha de emisión, por lo que le recomendamos solicitarlo 90 días antes cumpliendo con los requisitos exigidos en este servicio, agregando el Certificado anterior. Es bueno aclarar que aunque lo solicite 90 días antes, la fecha de vencimiento será la misma que la anterior.

 

 

  URL del servicio


10706
4.5
Rated 4.5 out of 5
4.5 out of 5 stars (based on 2 reviews)
Excellent50%
Very good50%
Average0%
Poor0%
Terrible0%

Reseñas


Me gusta este servicio

Rated 5 out of 5
December 23, 2020

Si

Steven

Algo no me gusto

Rated 4 out of 5
December 23, 2020

Algo no me gusto

Steven